Solución
CEUTA & MELILLA

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EXPORTACIÓN CEUTA & MELILLA

Ceuta y Melilla no forman parte del Territorio Aduanero de la Unión (TAU), tampoco forman parte del Territorio de Aplicación del Impuesto (TAI).

Por tanto, son considerados terceros paises a efectos aduaneros.

Se entiende entonces, que los envíos entre la Península, Baleares y Canarias hacia Ceuta y Melilla tienen la consideración de Importaciones y Exportaciones.

Las ciudades de Ceuta y Melilla se consideran puertos francos, con el objetivo de facilitar su desarrollo económico, permitiendo la entrada y salida de mercancías a un coste menor.

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Los Impuestos de Ceuta y Melilla

Al no ser considerados territorios de aplicación del impuesto, no se aplica en ellos el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

El impuesto aplicable en dichas ciudades es el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI). El tipo de gravamen se calcula del 0,5% al 10%, determinando los tipos de bienes.

El IPSI es un impuesto indirecto que grava la importación y elaboración de recursos y la prestación de servicios en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Ejemplos de tipos de gravamenes aplicables según algunos productos:

    • Cacao en polvo sin azúcar ni edulcorante 0,5%

    • Vino de uvas frescas 0,5%

    • Camisas y camisetas de punto 10%

    • Calzado 7%

    • Relojes de pulsera, bolsillo y similares 10%

    • Monturas de gafas 10%

En cuanto a impuestos especiales, se exigen los siguientes:

    • Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte

    • Impuestos de fabricación

    • Impuesto Especial sobre la Electricidad.

Cabe acotar que existe un gravamen complementario del IPSI sobre las labores del tabaco, el carburante y los combustibles.

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Determinar la Tributación y Impuesto en Ceuta y Melilla

Para determinar la tributación y el tipo de impuesto aplicable en Ceuta y Melilla principalmente debemos determinar el destino de la transaccion y considerar si se ofrecen productos o servicios.

Asi mismo, el importador estará sujeto al pago del IPSI.

También existen casos en los que a los servicios de marketing, cesión de derechos, consultoría, entre otros se les aplica IVA, si se determina que dichos servicios son prestados en la Península.

Finalmente, aunque Ceuta y Melilla se consideren territorios terceros siguen mantenidendo una consideración especial comunitaria a efectos aduaneros, por éste motivo no se devengan derechos arancelarios a la importación en estas comunidades autonomas.

Tampoco están sujetas a controles para aduaneros.

Para que GORIAN podrá realizar tu Despacho de Exportación a Ceuta y Melilla necesitas tramitar los siguientes documentos:

Anexo #1

  1. Conocimiento de embarque marítimo (B/L)
  2. Conocimiento de embarque FIATA
  3. Carta de porte por carretera (CMR)
  4. Conocimiento aéreo (AWB)
  5. Carta de porte por ferrocarril (CIM).

Anexo #2 -Documento Único Administrativo para efectuar la declaración de importación, segun el REGLAMENTO (UE) No 952/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 9 de octubre de 2013 por el que fue establecido el código aduanero de la Unión (CAU).

Mandarnos lo Siguiente y Empezamos
con su Despacho de Importación o Exportación

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Sea empresa o particular, le hacemos el Despacho, envianos:

    • Fotocopia DNI / NIF

    • Factura comercial (SIN IVA)

    • Documento de transporte

    • Autorización a GORIAN ADUANAS para despachar en su nombre. (Le ayudamos a tramitarlos a tráves de un modelo sencillo)

Gorian Aduanas SL te facilita toda la información que tiene que constar en toda la documentación que debe presentarse en las Comunidades Autonomas de Ceuta y Melilla.

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